jueves, 15 de enero de 2009

TOPES PARA OBRA SOCIAL DECRETO 10/2009

La nueva norma establece que "a partir de las remuneraciones de este mes se eleva a $2.400 el importe de la remuneración bruta mensual a partir de la cual se deberá destinar el 15% de los aportes y contribuciones de los trabajadores al Fondo Solidario de Redistribución. El 85% restante va a la obra social que corresponda".
La nueva norma establece que "a partir de las remuneraciones de este mes se eleva a $2.400 el importe de la remuneración bruta mensual a partir de la cual se deberá destinar el 15% de los aportes y contribuciones de los trabajadores al Fondo Solidario de Redistribución. El 85% restante va a la obra social que corresponda".

INGRESOS BRUTOS: Nuevo procedimiento para mantener alícuota cero

IMPUESTO INMOBILIARIO - CORDOBA

Saldo a favor en el Fondo de Desarrollo Agropecuario
La Dirección de Rentas estableció que a aquellos contribuyentes del Impuesto Inmobiliario Rural que pagaron las dos cuotas del aporte adicional 2008 del Fondo de Desarrollo Agropecuario (que luego fue reducida) se les acreditará de oficio el excedente para el pago de la anualidad 2009. Los que abonaron solo la segunda deberán pedir la compensación.

GANANACIA MININA PRESUNTA: LEY 26426

Se prorroga el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta y se establecen los anticipos a ingresar en los meses de enero, febrero, marzo y abril para las sociedades con cierre entre el 31/12/2008 y Julio 2009.